La hipótesis es que se ideó un plan criminal orquestado por el acusado entre los años 70 y 80, en el que se cometieron una serie de delitos
La Justicia ordenó investigar a Raúl Pérez Roldán por los delitos de trata de personas, abuso sexual agravado y otros delitos cometidos contra niños y niñas menores de edad. Así lo resolvió la Cámara Federal de Mar del Plata. La denuncia forma parte de la demanda iniciada por el extenista Guillermo Pérez Roldán contra su padre por reducción a la servidumbre, lesiones y administración infiel. Buscan determinar si hubo trata de personas e identificar a otras posibles víctimas de abuso sexual.
El entrenador de tenis Raúl Pérez Roldán –quien dirigió durante años una de las academias más exitosas de la Argentina- afronta así un nuevo revés judicial, ya que la Cámara Federal de Mar del Plata ordenó avanzar con la investigación de una denuncia por el delito de violación presentada por una exalumna de asu escuela de Tandil. Según el relato de la víctima, los hechos ocurrieron cuando era menor de edad. Además, los jueces solicitaron determinar si hubo trata de personas.
Esta decisión judicial se produce a casi seis meses de que Guillermo Pérez Roldán llevara a la Justicia a su padre, a quien acusó de golpearlo sistemáticamente desde su infancia y luego quedarse con todo el dinero que ganó durante su carrera profesional. El extenista –que ganó 9 títulos ATP y llegó ocupar el 13° puesto del ranking mundial a fines de los 80- generó un fuerte impacto cuando hizo públicos los tormentos a los que fue sometido en una entrevista periodística con LA NACION.
La acusación de la víctima, cuyo nombre se preserva, formó parte de la presentación realizada el 24 de agosto de 2022, en conjunto con Guillermo Pérez Roldán, ante el Juzgado Federal de Azul. En esa presentación se planteó la hipótesis de que hubo un plan criminal orquestado por el acusado entre los años 70 y 80 en el que se cometieron una serie de delitos, que van desde la reducción a la servidumbre y la administración infiel hasta lesiones y abusos sexuales.
En un fallo reciente, los camaristas Diego Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza agravaron la acusación contra el imputado y entendieron que “la acción penal en relación a los delitos contra la integridad sexual (violaciones y abusos) de los que habría sido víctima, se encuentra vigente y habilita la investigación de los mismos”.
Luego de que la víctima ampliara su declaración a la Justicia y detallara que los hechos de abuso agravado fueron reiterados a lo largo del tiempo, los magistrados remarcaron que las “conductas gravísimas habrían sido cometidas en un contexto de violencia física (golpes que habrían dejado contusiones en su rostro, fractura de una costilla, etc.) y psicológica a la que era sometida por una figura de autoridad que era su entrenador deportivo”, por lo que sostienen que deben ser indagados en forma conjunta con el resto de los delitos denunciados. De esta forma, la Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al pedido de las víctimas y del Fiscal General de Mar del Plata, el doctor Daniel Adler, que habían solicitado que la causa no se dividiera entre la Justicia federal y la local.
Cómo era el plan criminal
La denuncia conjunta de Guillermo Pérez Roldán y la otra víctima. planteó la hipótesis de que hubo un plan criminal por parte del acusado que estuvo dividido en etapas. El primer paso era el acogimiento de jugadores de tenis entre los niños y niñas que se entrenaban en el club Independiente de Tandil, que con el paso de los años había ganado gran notoriedad por ser una de las cunas de deportistas de elite de la Argentina.
Luego, según la presentación judicial, se producía su reducción a la servidumbre con fines de explotación laboral, hechos que incluyeron privación ilegítima de libertad, lesiones y abuso sexual con acceso carnal en reiteradas ocasiones. Finalmente, una vez obtenidas las ganancias económicas, llegaba la última parte: la administración infiel, el apoderamiento de los bienes y la puesta en circulación bajo apariencia de actividades lícitas –principalmente negocios inmobiliarios-, lo que configuraría un lavado de activos.
El planteo de las víctimas es que los efectos de este plan aún hoy siguen teniendo un duro impacto psicológico y económico. El fallo de la Cámara, por ejemplo, destacó una parte de la presentación de Guillermo Pérez Roldán: “(…) manifestó haber sido víctima durante su niñez/adolescencia de similares apremios, golpes y violencia psicológica que se proyectó en su adultez, con una serie de traumas que lo habrían llevado a seguir sufriendo la presión moral de su padre, de la que se habría valido este último para beneficiarse económicamente, despojándolo de los beneficios económicos de su exitosa carrera como tenista profesional, y según afirma el denunciante, nos encontraríamos frente a un delito continuado que aún en la actualidad le priva del acceso a la totalidad de su patrimonio”.
El primer avance que había tenido la causa fue la confirmación por parte del fiscal federal de Azul, Santiago Eyherabide, y el Juez Federal de Azul, Gabriel Di Giulio, de que la acción penal se encontraba vigente. Así le dieron la razón al planteo de la parte acusadora de que los hechos no se encontraban prescriptos porque aún no se habían agotado en su consumación, en base a lo que establece el artículo 63 del Código Penal.
“Lo contrario implicaría afirmar un ‘derecho al olvido’, que las consecuencia del delito no sean cargadas por sus responsables -los delincuentes- sino por las propias víctimas por el mero hecho del tiempo pasado”, afirma el doctor Juan Ignacio Pascual, quien lleva adelante la demanda en representación de Guillermo Pérez Roldán y la otra víctima.
El segundo avance de relevancia se dio cuando la Cámara Federal de Mar del Plata resolvió que toda la causa sea tramitada en el fuero federal, evitando así que se divida en dos partes lo que obligaría a las víctimas a pasar por dos procesos judiciales: uno en la justicia local y otro en la nacional. Esta decisión se fundamentó en la posibilidad de que la investigación podría arrojar la presencia del delito de trata de personas en perjuicio de los denunciantes.
Así lo explicaron los camaristas en su reciente fallo: “Si bien en parte de los delitos denunciados (lesiones, violación, privación ilegal de la libertad, administración fraudulenta, etc.) prima facie no se advierte afectado el interés del Estado ni reúnen las condiciones para excitar la competencia de la justicia federal penal, no menos cierto es que nos encontramos en una etapa tan incipiente de la investigación –que siquiera se ha iniciado- que no resulta posible descartar que con el avance de la misma, las conductas denunciadas merezcan una calificación legal distinta a la provisionalmente escogida por el juez a quo (por ejemplo que la reducción a la servidumbre que observa el Dr. Di Giulio en un futuro reciba un más acabado encuadre típico como trata de personas, correspondiendo entonces la intervención de la justicia de excepción)”.
¿Cómo sigue la causa penal? “Luego de que se definiera que el tiempo no resulta un obstáculo y que es la justicia federal quien llevará adelante la investigación, se inicia la etapa donde se pretenderá probar, por testimonios y otras medidas de prueba ofrecidas en el escrito inicial, lo que las víctimas afirman en su denuncia”, explica el doctor Pascual.
Entre otras medidas, está previsto pedir informes a bancos nacionales y del exterior y el levantamiento del secreto fiscal y bancario; y se solicitará a Asociación Argentina de Tenis y a los sponsors, datos de los ingresos que tuvo Guillermo Pérez Roldán durante su carrera profesional, para luego cotejarlos con los bienes que compró su padre durante todos estos años.
“Esta clase de hechos, que también suceden en otros deportes, mayormente en los individuales donde el victimario procura su impunidad al encontrarse solo frente a la víctima, son reclamados como aberrantes en la sociedad actual y se pretende que no vuelvan a repetirse, nunca más”, concluye el abogado.
Fuente: La Nación